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| CONVOCATORIA_D.O.G..pdf | 251.62 KB |
| Modelo_Solicitudes.pdf | 587.32 KB |
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| Convocatoria_DOG.pdf | 229.02 KB |
| Formularios_Solicitud.pdf | 356.8 KB |
Objeto
Concesión directa de ayudas destinadas a atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles retornados por los gastos extraordinarios derivados del hecho del retorno, cuando se acredite insuficiencia de recursos en el momento de la solicitud de la ayuda.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los españoles de origen retornados, dentro de los nueve meses siguientes a su retorno, siempre que quede acreditado que han residido en el exterior, de forma continuada, un mínimo de cinco años antes del retorno.
Criterios para la concesión de las ayudas
Las ayudas se conceden a los retornados que se encuentren en situación de necesidad económica en relación con los gastos que deben afrontar en el momento del retorno, situación que se acreditará mediante informe de los Servicios Sociales del lugar de residencia del solicitante, o, en su caso, mediante informe de las Áreas o Dependencias Provinciales de Trabajo e Inmigración, de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Para valorar dicha situación de necesidad se tendrán en cuenta, entre otras, las siguientes circunstancias:
Como criterios para la concesión de las ayudas se valorarán:
No se considerarán gastos extraordinarios derivados del hecho del retorno a España los correspondientes a los pasajes de vuelta, ni al traslado de muebles o enseres, salvo que concurran circunstancias de absoluta excepcionalidad.
Cuantía de la ayuda
Las ayudas serán de cuantía variable en función de las causas que generan la solicitud y de la situación económica y familiar de los interesados.
En todo caso, se fija la cuantía máxima anual por cada beneficiario en el importe anual del Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM), correspondiente a doce pagas del año en curso.
Solicitudes
Las solicitudes, cumplimentadas en el modelo establecido estarán a disposición de los solicitantes en las Áreas de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno , o, en su caso en las Direcciones Insulares, pudiendo también descargarse de la página web: www.ciudadaniaexterior.mtin.es.
Las solicitudes podrán presentarse en los organismos relacionados anteriormente correspondientes al domicilio del solicitante, en la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y en los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las ayudas se podrán solicitar en cualquier momento del año y deberán acompañarse de lo siguientes documentos:
Cuando el beneficiario esté incapacitado o sea menor, formulará la solicitud en su nombre su representante legal. En tal caso se acompañará la documentación que acredite este extremo. En los supuestos en que el retornado o los familiares a su cargo presenten algún grado de discapacidad o dependencia, se deberá acreditar dicha condición.
Los beneficiarios de las ayudas están obligados a comunicar a la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros.
Las Áreas o Dependencias de Trabajo e Inmigración, o Direcciones Insulares, de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, comprobada la documentación, y efectuados los requerimientos a que hubiere lugar, emitirán el informe en el que valorarán la situación alegada por los solicitantes.
Resolución
Será competente para resolver la concesión de estas subvenciones el titular de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, que podrá delegar esta competencia en el Director General de la Ciudadanía Española en el Exterior.
La resolución de concesión de la subvención será motivada, y el plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de sesenta días hábiles a contar desde la fecha de presentación de las solicitudes.
Transcurrido el plazo señalado anteriormente sin haberse notificado resolución expresa, podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.
Contra la resolución, que poner fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la resolución o bien recurrir directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Diario Oficial de Galicia, jueves 24 de Junio de 2010
Modelo de solicitud con todos los AnexoII , III (Versión cubrir online)
Permite cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento.
Resolución de 9 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes al programa Reencuentros en la tierra para residentes en el exterior, y se convocan las correspondientes al año 2010.Diario oficial de Galicia del 10 Junio del 2010
Modelo de solicitude con todos los anexos (versión para cubrir online) [gl]
Permite cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento.
Correción de Errores.-Resolución de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.
Corrección de errores.-
Advertido el error de la citada resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia número 109, del jueves 10 de junio de 2010, procede hacer la oportuna corrección:
En la página 10.467, en el artículo 3º.2, donde dice: «el plazo de presentación de solicitudes terminará el 30 de junio de 2010», debe decir: «el plazo de presentación de solicitudes terminará el 30 de julio de 2010».
Diario oficial de Galicia Nº109, 10 de Junio de 2010
Secretaría Xeral de Emigración y Secretaría Xeral de Política Lingüística
10 de junio de 2010
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN
Subvenciones
Ayudas y subvenciones destinadas a las entidades gallegas en el exterior para la participación de sus grupos folclóricos en los actos del V Día de la Galicia Exterior
Resolución del 14 de abril de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas y subvenciones destinadas a las entidades gallegas en el exterior para la participación de sus grupos folclóricos en los actos del V Día de la Galicia Exterior, que se celebrará en Santiago de Compostela en el año 2010.
Versión completa de la disposición en uno o varios archivos
pdf - 07400D004P063.PDF
Desarrollo de seminarios de baile, música y cocina gallega en colaboración con las entidades gallegas del exterior
Resolución del 14 de abril de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se regulan y aprueban las bases para el desarrollo de seminarios de baile, música y cocina gallega en colaboración con las entidades gallegas del exterior, y si procede su convocatoria para el año 2010.
Versión completa de la disposición en uno o varios archivos
pdf : - 07400D005P075.PDF
Subvenciones a entidades en el exterior para desarrollar un programa integral de información, orientación y asesoramiento sobre aspectos relacionados con el retorno a Galicia,
Resolución del 15 de abril de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a entidades en el exterior para desarrollar un programa integral de información, orientación y asesoramiento sobre aspectos relacionados con el retorno a Galicia, y si procede a su convocatoria para el año 2010.
Versión completa de la disposición en uno o varios archivos
pdf - 07400D006P085.PDF
Resolución del 12 de abril de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos retornados y a sus familiares y si procede a su convocatoria para el año 2010.
Versión completa de la disposición en uno o varios archivos
pdf: - 07200D007P058.PDF
Subvenciones del Programa reencontros na casa para residentes en el exterior.
Resolución del 16 de marzo de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones del Programa reencontros na casa para residentes en el exterior, y se convocan las correspondentes al año 2010.
Diario Oficial de Galicia Nº 54, Lunes 22 de Marzo de 2010.
Secretaria General de la Emigración
2010
Formulario de solicitud online
Permite cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento. Nota: Si guardas el documento se perderán todos los cambios realizados.
Base de cálculo de la prestación económica por ancianidad para el año 2010
Subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.
Resolución de 17 de marzo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.
PDF (BOE-A-2010-4732 - 35 págs. - 566 KB)
Subvenciones para el retorno voluntario de personas inmigrantes
Resolución de 11 de marzo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convocan subvenciones para el retorno voluntario de personas inmigrantes.
PDF (BOE-A-2010-4348 - 34 págs. - 800 KB)
Ayudas para la participación en actividades de campamentos y campos de trabajo 2010
Resolución del 4 de marzo de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se convoca y regula para el año 2010 el programa de ayudas para la participación en actividades de campamentos y campos de trabajo dirigidos a jóvenes de origen gallega o descendientes de gallegos y que residan en el exterior.
Formulario de solicitud (online)
Ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior para el ejercicio de 2010.
Resolución del 16 de febrero de 2010 (DOG del 22 de febrero de 2010), de la Secretaría General de Emigración, por la que se establece y se regula el programa de ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior para el ejercicio de 2010.
Información adicional
Permite cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento. Nota: Si guardas el documento se perderán todos los cambios realizados.
AYUDAS PARA LAS COMUNIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR
(15/01/2010)
| 15 de enero de 2010 | ||
| AYUDAS PARA PROGRAMAS DE APOYO INFRAESTRUTURAL A LAS COMUNIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR | ||
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| 15 de enero de 2010 | ||
| AYUDAS DESTINADAS A LAS ENTIDADES GALLEGAS EN ELEXTERIOR PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PROMOVIDOS POR LA JUVENTUD | ||
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| 15 de enero de 2010 | ||
| AYUDAS A PROGRAMAS DE ACTUACIÓN EN FAVOR DE LAS COMUNIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR | ||
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Resolución de 17 de marzo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.
PDF (BOE-A-2010-4732 - 35 págs. - 566 KB)
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