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AYUDAS Y SUBVENCIONES

 

 

Resolución del 16 de julio de 2010, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades sin ánimo de lucro para desarrollar programas destinados a favorecer los procesos de acogida e integración de la población inmigrante y retornada en la Comunidad Autónoma Gallega, y se procede a su convocatoria para el año 2010.

Documentación adjunta:
Convocatoria y Anexos con los Modelos de Solicitud

 



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Resolución del 16 de julio de 2010, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se regula la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales para la realización de programas destinados a favorecer los procesos de acogida e integración de la población retornada e inmigrante extracomunitaria en la Comunidad Autónoma gallega, y se procede a su convocatoria para el año 2010.

Documentación adjunta:
convocatoria y Anexos con los Modelos de Solicitud
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Convocatoria_DOG.pdf 229.02 KB
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20.6 Ayudas destinadas a atender situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles retornados

 

Objeto

Concesión directa de ayudas destinadas a atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles retornados por los gastos extraordinarios derivados del hecho del retorno, cuando se acredite insuficiencia de recursos en el momento de la solicitud de la ayuda.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los españoles de origen retornados, dentro de los nueve meses siguientes a su retorno, siempre que quede acreditado que han residido en el exterior, de forma continuada, un mínimo de cinco años antes del retorno.

Criterios para la concesión de las ayudas

Las ayudas se conceden a los retornados que se encuentren en situación de necesidad económica en relación con los gastos que deben afrontar en el momento del retorno, situación que se acreditará mediante informe de los Servicios Sociales del lugar de residencia del solicitante, o, en su caso, mediante informe de las Áreas o Dependencias Provinciales de Trabajo e Inmigración, de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Para valorar dicha situación de necesidad se tendrán en cuenta, entre otras, las siguientes circunstancias:

Como criterios para la concesión de las ayudas se valorarán:

  • La percepción de ingresos mensuales en cuantía igual o inferior al importe del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), del año en curso.
  • El número de personas a cargo del solicitante, especialmente si se trata de menores, personas con discapacidad, mayores y/o dependientes.
  • Las dificultades de inserción en el mercado laboral en función de la edad u otras circunstancias del solicitante.
  • Los gastos por vivienda habitual.

No se considerarán gastos extraordinarios derivados del hecho del retorno a España los correspondientes a los pasajes de vuelta, ni al traslado de muebles o enseres, salvo que concurran circunstancias de absoluta excepcionalidad.

Cuantía de la ayuda

Las ayudas serán de cuantía variable en función de las causas que generan la solicitud y de la situación económica y familiar de los interesados.

En todo caso, se fija la cuantía máxima anual por cada beneficiario en el importe anual del Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM), correspondiente a doce pagas del año en curso.

Solicitudes

Las solicitudes, cumplimentadas en el modelo establecido estarán a disposición de los solicitantes en las Áreas de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno , o, en su caso en las Direcciones Insulares, pudiendo también descargarse de la página web:  www.ciudadaniaexterior.mtin.es.

Las solicitudes podrán presentarse en los organismos relacionados anteriormente correspondientes al domicilio del solicitante, en la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y en los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las ayudas se podrán solicitar en cualquier momento del año y deberán acompañarse de lo siguientes documentos:

  • Certificación literal de nacimiento u otra documentación que acredite la nacionalidad española de origen.
  • Baja consular del solicitante expedida por el Consulado del país de procedencia o cualquier otro documento oficial expedido por las autoridades de dicho país que permita acreditar de modo fehaciente el tiempo de residencia en el mismo.
  • Declaración en la que el solicitante preste su consentimiento para que el órgano instructor pueda verificar los datos de identidad, mediante consulta al Sistema de Verificación de Datos de Identidad, así como los datos de residencia de las personas que formen parte de la unidad de convivencia. De no prestarse dicho consentimiento, se deberá aportar la fotocopia del D.N.I. o pasaporte español en vigor, así como el certificado de empadronamiento según proceda.
  • Informe emitido por los servicios sociales del Ayuntamiento o de la Comunidad Autónoma correspondiente, para conocer la situación de necesidad del solicitante.
  • En el supuesto que proceda, certificado de defunción del causante.
  • Declaración en la que el solicitante preste su consentimiento para que el órgano instructor pueda recabar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria el suministro directo y telemático de la información relativa a los ingresos, rentas y situación patrimonial del solicitante, así como de los demás miembros de la unidad familiar. De no prestarse dicho consentimiento, se deberán aportar las correspondientes certificaciones tributarias.
  • Justificación de las ayudas o subvenciones reconocidas por otras entidades públicas o privadas, con indicación de su cuantía, o en su defecto, cumplimentar una declaración responsable de no ser perceptor de otras ayudas.
  • Justificación, cuando proceda, de los gastos que motivan la petición de ayuda.

Cuando el beneficiario esté incapacitado o sea menor, formulará la solicitud en su nombre su representante legal. En tal caso se acompañará la documentación que acredite este extremo. En los supuestos en que el retornado o los familiares a su cargo presenten algún grado de discapacidad o dependencia, se deberá acreditar dicha condición.

Los beneficiarios de las ayudas están obligados a comunicar a la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros.

Las Áreas o Dependencias de Trabajo e Inmigración, o Direcciones Insulares, de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, comprobada la documentación, y efectuados los requerimientos a que hubiere lugar, emitirán el informe en el que valorarán la situación alegada por los solicitantes.

Resolución

Será competente para resolver la concesión de estas subvenciones el titular de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, que podrá delegar esta competencia en el Director General de la Ciudadanía Española en el Exterior.

La resolución de concesión de la subvención será motivada, y el plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de sesenta días hábiles a contar desde la fecha de presentación de las solicitudes.

Transcurrido el plazo señalado anteriormente sin haberse notificado resolución expresa, podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.

Contra la resolución, que poner fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la resolución o bien recurrir directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

 

 

 Resolución de 16 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa "Ven a Galicia, ben en Galicia" para residentes en el exterior y se convocan las correspondientes al año 2010.

 Convocatoria

 Diario Oficial de Galicia, jueves 24 de Junio de 2010

Modelo de solicitud con todos los  AnexoII , III (Versión cubrir online)

Permite cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento.

 

Resolución de 9 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes al programa Reencuentros en la tierra para residentes en el exterior, y se convocan las correspondientes al año 2010.
Versión completa de la disposición en uno o varios archivos pdf: - 11300D003P007.PDF

 

 

Resolución de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.

Convocatoria:

Diario oficial de Galicia del 10 Junio del 2010

Documentación

Modelo de solicitude con todos los anexos (versión para cubrir online) [gl]

  Permite cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento.

Correción de Errores.-Resolución de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.

Corrección de errores.-

Advertido el error de la citada resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia número 109, del jueves 10 de junio de 2010, procede hacer la oportuna corrección:

En la página 10.467, en el artículo 3º.2, donde dice: «el plazo de presentación de solicitudes terminará el 30 de junio de 2010», debe decir: «el plazo de presentación de solicitudes terminará el 30 de julio de 2010».

 

Resolución conjunta de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración y de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria a través de la Secretaría General de Política Lingüística, por la que se anuncian, con carácter gratuito, cursos preparatorios de lengua gallega, para los niveles Celga y de extensión cultural, para gallegos residentes en el exterior y personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia.

Convocatoria

Diario oficial de Galicia Nº109, 10 de Junio de 2010

Promovido por

Secretaría Xeral de Emigración y Secretaría Xeral de Política Lingüística

Documentación

Anexo I

Anexo II

Data de publicación

10 de junio de 2010

 

Orden de 27 de mayo de 2010 por la que se regulan las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación, formación e inserción laboral dirigidas la personas inmigrantes, y si procede a su convocatoria.

Plazo de presentación:

Un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG
 Ficheros: Orden del 27 de mayo de 2010 Orden del 27 de mayo de 2010(170 Kb)

                Solicitud TR304A Solicitud TR304A(420 Kb)

Subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes.

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Subvenciones

  • Resolución de 6 de mayo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes.

 

 

Ayudas y subvenciones destinadas a las entidades gallegas en el exterior para la participación de sus grupos folclóricos en los actos del V Día de la Galicia Exterior

Resolución del 14 de abril de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas y subvenciones destinadas a las entidades gallegas en el exterior para la participación de sus grupos folclóricos en los actos del V Día de la Galicia Exterior, que se celebrará en Santiago de Compostela en el año 2010.
Versión completa de la disposición en uno o varios archivos

 pdf  - 07400D004P063.PDF



Desarrollo de seminarios de baile, música y cocina gallega en colaboración con las entidades gallegas del exterior

Resolución del 14 de abril de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se regulan y aprueban las bases para el desarrollo de seminarios de baile, música y cocina gallega en colaboración con las entidades gallegas del exterior, y si procede su convocatoria para el año 2010.
Versión completa de la disposición en uno o varios archivos


  pdf : - 07400D005P075.PDF




Subvenciones a entidades en el exterior para desarrollar un programa integral de información, orientación y asesoramiento sobre aspectos relacionados con el retorno a Galicia,

Resolución del 15 de abril de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a entidades en el exterior para desarrollar un programa integral de información, orientación y asesoramiento sobre aspectos relacionados con el retorno a Galicia, y si procede a su convocatoria para el año 2010.
Versión completa de la disposición en uno o varios archivos 



 pdf - 07400D006P085.PDF

Ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos retornados y a sus familiares

Resolución del 12 de abril de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos retornados y a sus familiares y si procede a su convocatoria para el año 2010.
Versión completa de la disposición en uno o varios archivos

pdf: - 07200D007P058.PDF

Subvenciones del Programa reencontros na casa para residentes en el exterior.

 

Resolución del 16 de marzo de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones del Programa reencontros na casa para residentes en el exterior, y se convocan las correspondentes al año 2010.

Convocatoria

Diario Oficial de Galicia Nº 54, Lunes 22 de Marzo de 2010.

Promovido por

Secretaria General de la Emigración

Año

2010

Documentación

Formulario de solicitud online

Permite cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento. Nota: Si guardas el documento se perderán todos los cambios realizados. 

Base de cálculo de la prestación económica por ancianidad para el año 2010

 

 

Subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.

Resolución de 17 de marzo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.

 PDF (BOE-A-2010-4732 - 35 págs. - 566 KB)

  Otros formatos

 

 

 Subvenciones para el retorno voluntario de personas inmigrantes

Resolución de 11 de marzo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convocan subvenciones para el retorno voluntario de personas inmigrantes.

PDF (BOE-A-2010-4348 - 34 págs. - 800 KB)

Otros formatos

 

 

 Ayudas para la participación en actividades de campamentos y campos de trabajo 2010

 Resolución del 4 de marzo de 2010, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se convoca y regula para el año 2010 el programa de ayudas para la participación en actividades de campamentos y campos de trabajo dirigidos a jóvenes de origen gallega o descendientes de gallegos y que residan en el exterior.

   Formulario de solicitud (online)

 

 

Ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior para el ejercicio de 2010.

 Resolución del 16 de febrero de 2010 (DOG del 22 de febrero de 2010), de la Secretaría General de Emigración, por la que se establece y se regula el programa de ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior para el ejercicio de 2010.

 Información adicional

Permite cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento. Nota: Si guardas el documento se perderán todos los cambios realizados.

 

 

 

AYUDAS PARA LAS COMUNIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR

(15/01/2010)

 

15 de enero de 2010
AYUDAS PARA PROGRAMAS DE APOYO INFRAESTRUTURAL A LAS COMUNIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR
 Dog   pdf
 Ficha   pdf
15 de enero de 2010
AYUDAS DESTINADAS A LAS ENTIDADES GALLEGAS EN ELEXTERIOR PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PROMOVIDOS POR LA JUVENTUD
 Dog   pdf
 Ficha   pdf
15 de enero de 2010
AYUDAS A PROGRAMAS DE ACTUACIÓN EN FAVOR DE LAS COMUNIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR
 Dog   pdf
 Ficha   pdf

 

 

 

 

 

 

Subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional

Resolución de 17 de marzo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.

PDF (BOE-A-2010-4732 - 35 págs. - 566 KB)

Otros formatos

 


 



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