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Tiene vigor la nueva Ley de Extranjería

(14/12/2009)

Tiene vigor la nueva Ley de Extranjería

A partir de hoy lunes, empieza a tener vigor, en España, la nueva Ley de Extranjería, 2/2009, del 11 de diciembre.
 
 
La noticia es sumamente importante para la vida de cientos de miles de extranjeros, muchos de ellos paraguayos, que viven actualmente en España y de otros muchos que desean trasladar su residencia a dicho país.

Novedades de la ley

Se perseguirá la inmigración irregular, nunca la acogida humanitaria. El objetivo, explican en Inmigración, es poder perseguir a las mafias.

La estancia máxima en un centro de internamiento sube de 40 a 60 días.

La reagrupación familiar sólo se permitirá en adultos mayores de 65 años o por razones humanitarias. A los hijos en edad de trabajar se les permitirá obtener el permiso de trabajo además del de residencia. Acota la reagrupación básicamente a la familia nuclear. La novedad es la inclusión en esta categoría a las parejas de hecho.

Los menores que vayan a ser repatriados tendrán derecho a ser asistidos por un abogado.

Por primera vez, a las extranjeras víctimas de violencia doméstica se les ofrece la posibilidad de obtener una autorización por circunstancias excepcionales para facilitar la denuncia. Si hay condena se le concede el permiso de residencia y trabajo, en caso contrario, y si es ilegal, se tramita un expediente sancionador.

Las ONG que asisten a los inmigrantes no podrán ser perseguidas por trabajar para los inmigrantes ilegales.

Reconoce los derechos de reunión y manifestación, asociación, sindicación y huelga de los extranjeros.

Prevé nuevas infracciones para evitar actuaciones fraudulentas, como los matrimonios de conveniencia.

Crea un registro para controlar las entradas y salidas de extranjeros.

Aumenta las sanciones económicas para todas las infracciones, que pueden llegar hasta los 750.000 euros.

Considera infracciones graves y/o muy graves trabajar sin permiso o no dar de alta al trabajador en la Seguridad Social, entre otros. Según el informe del portal parainmigrantes.info.

Para mayores datos puede acceder a http://www.parainmigrantes.info/wp-content/uploads/2009/12/loexboe.pdf
14 de Diciembre de 2009

 

 

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