(13/11/2009)
Las instrucciones del ministerio sobre los expedientes no hablan en ningún caso de comunicarlos a la policía
El técnico argumenta que era la regidora quien firmaba los oficios de remisión de documentación a comisaría
Vuelta de tuerca en la polémica generada en Vilagarcía con respecto a la política de inmigración que hasta hace tres meses, antes de que la concejala Ana Lorenzo atajase determinadas prácticas rodeadas de polémica, se seguía en el Concello. Una de dichas costumbres largamente establecidas consistía en remitir a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía aquellos informes de arraigo que eran considerados negativos por el departamento municipal de Servizos Sociais. Al parecer, esta era una decisión que partía de uno de los funcionarios que trabajan en Ravella. No obstante, el técnico en cuestión quiso aclarar ayer que ningún empleado público está facultado para enviar documentación oficial a estamento alguno ajeno al Ayuntamiento. Se trata, explica el operario, de oficios de remisión que necesariamente deben ser firmados por el ocupante de la alcaldía. Antes Javier Gago López, ahora Dolores García, con el breve interregno de Enrique León entre ambos.
No todo el mundo comparte la misma opinión en Ravella. Fuentes municipales apuntan que, independientemente de los oficios de los que se trate, la práctica habitual en una institución como el Ayuntamiento pasa por que los técnicos elaboren sus informes para que, a continuación, sean refrendados o no por la alcaldía, como organismo de máxima responsabilidad.
En este caso sería preciso distinguir dos momentos diferentes. El primero es la resolución del expediente de arraigo en sí, en el que los responsables municipales siguen las líneas que establecen los técnicos, pues esta es su función. Exactamente igual que sucede en el caso de una licencia de obra o de actividad. El segundo consiste en la decisión de poner la documentación en manos de la policía. Fuentes de Ravella apuntan que de ninguna forma la alcaldía ha promovido semejante hábito.
Verdaderamente, que el Concello actúe en la práctica como denunciante de la situación de determinados inmigrantes es algo que en absoluto estipula ninguna normativa. Las únicas instrucciones por las que pueden guiarse los ayuntamientos se resumen en una serie de recomendaciones editadas por el Ministerio de Trabajo. De acuerdo con ellas, un certificado de arraigo no es más que uno más de los trámites que las delegaciones del Gobierno tendrán en cuenta a la hora de emitir las tarjetas de residencia. En ninguna parte se habla de que, en caso de resultar adversos para el solicitante, deban ser puestos en conocimiento de los agentes de la ley. Esta práctica fue erradicada por orden de Lorenzo en agosto.
OBJETIVOS | INTEGRACIÓN | HERRAMIENTAS | LEGISLACIÓN | ORGANISMOS | NOTICIAS | CONTACTO
(c) 2009 FEGAMP, Federación Galega de Municipios e Provincias :: Texto legal
inmigracion@fegamp.es
Desarrolo: AVA Soluciones Tecnológicas