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Migraciones convoca las ayudas de 2019 para asociaciones españolas en el exterior por más de 1,3 millones de euros

(23/11/2018)

Migraciones convoca las ayudas de 2019 para asociaciones españolas en el exterior por más de 1,3 millones de euros

Aumentan en un 48,3% respecto al año pasado. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 12 de diciembre

 

La Dirección General de Migraciones del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha convocado las ayudas del Programa de Asociaciones correspondientes a 2019. Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de españoles en el exterior. Este programa también subvenciona los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.

 

La cuantía total para estas ayudas asciende a 1.335.000 euros y el plazo de presentación de las solicitudes finalizará el próximo 12 de diciembre. Cabe destacar que las ayudas aumentan en un 48,3% respecto al año 2018, cuando la cuantía de este programa fue de 900.000 euros. De todos modos, la resolución de convocatoria de este año indica que “la concesión de las subvenciones previstas en esta Resolución queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario, adecuado y suficiente, en el momento de la resolución de concesión”.

 

Podrán beneficiarse de estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.

 

Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de Migraciones, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

 

Se entienden como gastos de funcionamiento de las entidades los de personal vinculado a la actividad subvencionada, alquiler de local, electricidad, gas, agua, línea telefónica de voz y de datos, material informático y de oficina de carácter fungible o consumible y otros de similar naturaleza.

 

Se consideran gastos de reparaciones y mantenimiento aquellos de naturaleza corriente destinados a mantener, reparar y conservar los edificios y locales.

 

Asimismo, se consideran subvencionables en el marco de este programa los gastos derivados de la celebración de una asamblea anual por aquellas federaciones que representen o integren a asociaciones o centros de españoles en el exterior de más de un país.

 

La cuantía de las ayudas será de carácter variable y estará en función de los gastos totales anuales de funcionamiento de la entidad, hasta un máximo del 30 por ciento de estos. En el caso de las federaciones que representen o integren asociaciones o centros de más de un país, dicho límite podrá elevarse hasta el 95 por ciento de sus gastos de funcionamiento.

 

En lo referido a los gastos por reparaciones y mantenimiento se podrá subvencionar hasta el 95 por ciento de su importe.

 

La resolución de convocatoria establece que solo se podrán subvencionar programas cuyo coste total sea igual o superior a 500 euros. Además, la cuantía de la subvención no podrá ser superior a 40.000 euros.

 

Podrán imputarse como gastos de funcionamiento todos los realizados en 2019 mientras que los gastos de mantenimiento y/o reparación serán los realizados desde la fecha de concesión hasta el 31 de marzo de 2020.

 

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