(20/01/2015)
La Región Internacional 20/01/2015
El Diario Oficial de Galicia publicará en los próximos días la convocatoria más relevante en el aspecto de dotación económica y relevancia social de la Secretaría Xeral de la Emigración. Se trata de la orden para las ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior para el ejercicio de 2015, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a los emigrantes de origen gallego, y a determinados familiares residentes en el extranjero, que acrediten encontrarse en situación de alta precariedad económica.
Con estas ayudas la Secretaría Xeral pretende mantener y blindar la inversión en materia social de los emigrantes gallegos, así como ayudar a paliar las necesidades básicas de subsistencia y atención socio sanitaria de los gallegos que se encuentran en una situación económica delicada.
Beneficiarios
Esta actuación de la Secretaría General de la Emigración alivia la situación de casi ocho mil familias gallegas en el Exterior cada año. Desde la Secretaría Xeral se destaca que “la consolidación de la cifra destinada a estas ayudas (dos millones de euros) es una nueva muestra de la apuesta del Gobierno gallego por la inversión social”. El grado de dependencia, la gravedad de las enfermedades y sus tratamientos, los ingresos económicos, y la edad del solicitante, así como las cargas familiares, son los criterios básicos de valoración
Siete tipos
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que demuestren carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes para la subsistencia, y cumplir los requisitos de necesidad estipulados en de cada tipo de ayuda. La convocatoria abarca siete tipos de ayuda.
Las primeras son aquellas por unidad familiar en situación de precariedad; las segundas por situación de dependencia o enfermedad grave del solicitante; las terceras por situación de dependencia o enfermedad grave en el seno de la unidad familiar; las cuartas por invalidez o enfermedad permanente; las quintas por cobertura de medicamentos y tratamientos de enfermedades crónicas o graves cuando tengan un costo elevado; las sextas para las mujeres que sufran violencia de género; y las últimas para paliar una situación de desempleo en la unidad económica familiar.
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