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Derecho a voto para extranjeros en las elecciones municipales. Campaña del Ministerio del Interior

(17/12/2014)

Derecho a voto para extranjeros en las elecciones municipales. Campaña del Ministerio del Interior

La Oficina del Censo Electoral (OCE) ha enviado por correo postal una comunicación a los extranjeros residentes informando de su derecho a voto en las elecciones municipales

 

Parainmigrantes 16-dic-2014

 

El Ministerio del Interior pusoenmarchaayer lacampañapara informar del derecho de voto a los ciudadanos de la Unión Europea y a los nacionales de otros países con los que España ha firmado acuerdos de reciprocidad.

Por ello, en las Elecciones Locales que se celebrarán el 24 de mayo de 2015, además de los ciudadanos españoles, podrán votar los ciudadanos de la Unión Europea y nacionales de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago, al haber firmado estos países un Acuerdo de reciprocidad con España que reconoce su derecho de voto en las Elecciones Locales.

censo electoral

Para poder votar, los ciudadanos deben haber manifestado previamente su voluntad de ejercer ese derecho y los nacionales de países con los que España ha suscrito Acuerdos de reciprocidad, además deben haber residido en España, legal e ininterrumpidamente, durante al menos los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral (con la excepción de los ciudadanos noruegos para los que se requiere más de tres años).

Para facilitar este trámite, la Oficina del Censo Electoral (OCE) ha realizado diversas actuaciones dirigidas tanto a los ciudadanos de la Unión Europea como a los nacionales de estos países.

La campaña del Ministerio del Interior se emitirá en todas las cadenas de televisiones y de radio de titularidad pública de España a partir del sábado 20 de diciembre y finalizará el miércoles 14 de enero.

Ciudadanos de la Unión Europea

La Oficina del Censo Electoral (OCE) ha enviado por correo postal una comunicación a 422.008 ciudadanos de la UE registrados a los que no se ha dirigido con ocasión de anteriores Elecciones Locales y no han manifestado esa voluntad. Por su parte, quienes residiendo en España, no estén inscritos en el padrón municipal, deberán acudir a su Ayuntamiento a empadronarse y realizar la manifestación de voluntad cumplimentando el modelo de impreso disponible en el Ayuntamiento. El plazo para manifestar la voluntad de votar en las próximas Elecciones Locales finaliza el 30 de diciembre de 2014.

Nacionales de países con Acuerdo de reciprocidad

Para facilitar la presentación de las solicitudes, la Oficina del Censo Electoral ha remitido una comunicación personalizada a 342.647 nacionales de estos países, para los que ha podido comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos. Quienes reciban la comunicación y cumplan todos los requisitos pueden realizar la solicitud por Internet, accediendo al trámite publicado en la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística o por correo postal que no necesita franqueo. El plazo para realizar las solicitudes en los Ayuntamientos se extiende del 1 de diciembre de 2014 al 15 de enero de 2015.

 

 

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