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Entró en vigor la nueva Lei da Galeguidade

(05/07/2013)

Entró en vigor la nueva Lei da Galeguidade

|Cronicas de la Emigración| 05 Julio 2013 -
 

El Diario Oficial de Galicia (DOG) de este jueves, día 4, publica la Lei 7/2013, del 13 de junio, da galeguidade, que entra en vigor con fecha de este viernes, 5 de julio de 2013. La nueva Lei da Galeguidade fue aprobada el pasado 11 de junio por el Parlamento de Galicia, tras alcanzar también un amplísimo consenso en la última reunión del Consello das Comunidades Galegas, que tuvo lugar en el mes de junio del pasado año en Santiago de Compostela.

Cumpliendo el mandato estatutario

El Estatuto de Autonomía de Galicia, en su título preliminar, destaca la importancia que la diáspora de sus hijos e hijas de los últimos dos siglos supuso para el pueblo gallego, estableciendo que las comunidades gallegas asentadas fuera de Galicia puedan solicitar el reconocimiento de su galeguidade. La Lei da Galeguidade de 1983 –pionera en su materia en España– recogía el mandato de la ciudadanía y fue una herramienta de enorme utilidad para Galicia y su diáspora pero el desarrollo social, económico y político de Galicia, del Estado español y de los países de acogida de los ciudadanos gallegos residentes fuera de Galicia, desde la promulgación de la ‘Lei de recoñecemento da galeguidade’, configuran hoy una realidad que supera el marco inicial de desenvolvimiento de esta normativa legal.

Por eso, esta nueva realidad en el ámbito de la galeguidade debía ser integrada en un nuevo marco normativo que actualizara la relación entre las comunidades gallegas y el pueblo gallego, hiciera más eficiente el uso de recursos públicos a favor de los residentes en el exterior y de las comunidades que conforman y diese respuesta a las nuevas realidades socioculturales y económicas.

Ejes de la nueva ley

La nueva ley promueve los procesos de unión o fusión entre las comunidades gallegas con un doble objetivo: por una parte, fortalecer, a través de la unión patrimonial y de sus asociados, las propias comunidades gallegas y, por otra, proteger el patrimonio gallego, especialmente el cultural, fuera de Galicia. Así mismo, recoge el papel de las comunidades como agentes de cooperación gallega; la participación activa de la juventud y de la mujer en la vida asociativa de las comunidades gallegas para asegurar el necesario relevo generacional; la protección del patrimonio de dichas comunidades, especialmente el cultural; y la consideración de esas comunidades como agentes de la promoción cultural y de difusión de las posibilidades turísticas de Galicia en el exterior.

También trata de fomentar la importancia de las relaciones económico-empresariales y su fortalecimiento entre los agentes económicos de las comunidades gallegas de la Galicia exterior y los de la Galicia territorial. En este sentido, se reconocen nuevas formas de participación en la galeguidade, como son las asociaciones de carácter empresarial o las redes sociales, en diversas plataformas tecnológicas.

Por último, sin prejuicio de lo dispuesto en la normativa básica estatal, se define en esta ley la condición de gallego retornado y se establece el marco en el que se desenvolverán las actuaciones en materia de retorno que permitan la integración social, cultural y laboral de los gallegos que decidan retornar a Galicia.

 

 

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