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Hacienda rastrea las pensiones de emigrantes superiores a 11.200 euros

(18/06/2013)

Hacienda rastrea las pensiones de emigrantes superiores a 11.200 euros

Es la cantidad mínima a partir de la cual los retornados tienen la obligación de presentar la declaración anual de la renta - Los jubilados que no alcancen esa cifra están exentos de tributar

18.06.2013 | 

Miembros de la primera plataforma gallega de afectados por la campaña de Hacienda. / santos álvarez
Miembros de la primera plataforma gallega de afectados por la campaña de Hacienda. / santos álvarez
 

Las cinco sentencias dictadas sobre el conflicto fallan con disparidad de criterios

La campaña del Ministerio de Hacienda para que afloren las pensiones que los emigrantes cobran del extranjero con el objeto de que tributen por ellas va dirigida especialmente a aquellos que perciben más de 11.200 euros anuales. Es el mínimo por regla general a partir del cual los perceptores tienen la obligación de notificarla e incluirla en la declaración de la renta. Por debajo de esa cantidad, están exentos.

Por diversas razones, muchos emigrantes que han vuelto a España y tiene su domicilio fiscal en el país, no han declarado sus pensiones en el IRPF. Unos porque no tienen la obligación, pero otros muchos, miles, posiblemente por desconocimiento de que tenían que hacerlo si cobran una pensión anual superior a los 11.200 euros. Y ahora se encuentran con que la Agencia Tributaria les está enviando requerimientos para que acrediten los subsidios obtenidos de otros países desde el año 2008 y, en consecuencia, paguen por ellos, tanto la parte correspondiente por esos ingresos como una multa por no estar al día en sus obligaciones fiscales.

"En principio hay que declarar siempre estas pensiones", advierte la presidenta de la comisión de comunicación del Colegio de Gestores de Administrativo, Rosa López. Luego, en función de la casuística de cada caso y de si el país pagador tiene un convenio de doble imposición (por el que se quedaría exento de tributar en Galicia), se determinará si el pensionista debe cotizar.

Pero como alerta López, el error principal consiste en pensar que no se tiene la obligación de declarar el subsidio, con lo cual llegan ahora las sorpresas. El segundo error, añade la portavoz del Colegio de Gestores Administrativos de Galicia, es dar por válido el borrador de la declaración de la renta que envía Hacienda a los contribuyentes. Como la Agencia Tributaria no tiene por qué saber que un emigrante cobra una pensión, le envía un borrador sin contar con ella y el contribuyente la valida, sin tener en cuenta que el IRPF es autoliquidable y que la responsabilidad es exclusiva del contribuyente, que tiene la obligación de corregir todos los datos y hacer las modificaciones pertinentes.

El perfil de las personas a las que ahora Hacienda ha puesto en el punto de mira con una campaña específica sería el de un emigrante que ha desarrollado en el extranjero su vida laboral, que solo cobra la pensión -sin otros ingresos- y que ha creído que no tenía que declarar su subsidio, por desconocimiento o porque así se lo asesoraron, incluso desde instancias oficiales.

Una de las confusiones puede estar en que los pensionistas que cobran en España tienen el límite en 22.000 euros anuales. Por debajo de esa cantidad, siempre que no haya otros ingresos, están exentos de presentar la declaración de la renta. Pero no la tienen que hacer porque cada mes el Estado ya le practica la retención correspondiente, asegura Rosa López, mientras que las pensiones que se cobran en el extranjero, "por lo general tienen una imposición cero". De ahí que se deba tributar por ellas en España y que el límite baje a los 11.200 euros anuales, con la posibilidad incluso de rebajar esa cifra si el contribuyente tiene otros ingresos. La campaña lanzada por Hacienda va dirigida a todos los emigrantes, por lo que tiene mayor incidencia en comunidades como la gallega con una arraigada tradición emigrante. Alguno de los afectados se encuentra con que la Agencia Tributaria les reclama hasta 15.000 euros.

Ni la Justicia tiene muy claro cómo debe ser la tributación de las pensiones del extranjero, por lo menos las que se pagan desde Alemania. Hay cinco sentencias que declaran que las pensiones alemanas son de origen público y que por tanto están exentas de tributar en España y una que dice lo contrario. En todo caso, el último fallo en este sentido es favorable a la exención y cita resoluciones anteriores, por lo que deja entrever un cierto criterio uniforme de los juzgados para zanjar el conflicto

 

 

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